“La remuneración del personal constituye el precio del servicio prestado. Debe ser equitativa y, en todo lo que sea posible, dar satisfacción a la vez al personal y a la empresa, al empleador y al empleado."
a) AGUINALDO
¿Qué es el aguinaldo y cómo se paga?
Es una prestación anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre y equivale a quince días de salario como mínimo, para los trabajadores que ya han cumplido un año de servicio.
Es una prestación anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre y equivale a quince días de salario como mínimo, para los trabajadores que ya han cumplido un año de servicio.
¿Cuánto debo recibir de aguinaldo?Por lo menos 15 días de salario diario, no integrado, es decir sin incluir prestaciones.
¿Cuándo debo recibir mi aguinaldo?Durante el mes de diciembre, a más tardar el día 20, aunque bien puedes acordar con tu empleador que te entregue el 50% a principios de año para que cuentes con algo seguro.
¿Pueden pagarme el aguinaldo en especie?No, el artículo 101 de la LFT marca que, tanto el aguinaldo como el salario, deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal.
¿Tengo derecho a recibir mi aguinaldo aunque no trabajé todo el año?
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
¿A dónde acudo si no me pagan mi aguinaldo?
A la Procuraduría Federal del Trabajo (PROFEDET)
b) PRIMA VACACIONAL
Se trata de una prestación de ley obligatoria que contempla como mínimo el 25% de los salarios correspondientes al periodo de vacaciones del trabajador. Algunas empresas suman a sus prestaciones un mayor porcentaje de Prima Vacacional.Es decir, si un trabajador tiene derecho a 6 días de vacaciones, la empresa le pagará el salario íntegro por esos 6 días y además un 25% adicional por concepto de Prima Vacacional. Esta prestación genera retención de impuestos (ISR), sin embargo, la ley establece un monto exento de 15 días de salario mínimo vigente.
Te quedo muy bien lo compartire con mis amigos :)
ResponderBorrarbuen trabajo
ResponderBorrarbuen trabajo
ResponderBorrarlindooo
ResponderBorrarlindooo
ResponderBorrarlindooo
ResponderBorrarMuy buen blog y excelente temas que publicas.
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